viernes, 18 de diciembre de 2009

PRONUNICAMIENTO POR EL PRE INFORME EN EL CASO BAGUA

“AÑO DE LA UNION NACIONAL FRENTE LA CRISIS EXTERNA”


PRONUNCIAMIENTO

La Organización de Pueblos Indígenas del Oriente ORPIO, que representa a 23 FEDERACIONES de la Selva del Oriente Peruano quienes a su vez representan a mas de 450 comunidades de las diferentes familias lingüística: Cocama, Cocamilla, Orejón, Secoya , Huitoto , Bora, Maijuna , Yahua, Achuar , Urarina, Muratu, Kichwas del departamento de Loreto vienen a manifestar lo Siguiente:



  1. Rechazamos Enérgicamente el Pre Informe de la comisión que investiga los violentos y luctuosos hechos del 05 de junio pasado en la Curva del Diablo (Bagua) y que no señala responsabilidad en el ámbito político. Con respecto a la responsabilidad del Presidente Alan García Pérez indican en forma genérica que se excedió en la promulgación de una serie de decretos, varios de ellos no consultados a los Pueblos indígenas de acuerdo al convenio 169 de la OIT. Dicho informe no precisa responsabilidad en las autoridades del gobierno central como la Ex - Ministra del Interior Mercedes Cabanillas, el Ex-Premier Yehude Simon, el Ex-Ministro de Defensa Antero Flores

  2. Respaldamos la decisión canalizada a través de nuestros máximos representantes de AIDESEP al disponer EL RETIRO de sus delegados de dicha comisión y NO FIRMAR el informe, tal como se ha dicho; porque contienen inexactitudes y mentiras para culpar de lo sucedido a los pueblos indígenas, siendo el Gobierno Central desde el Presidente de la República, Ministros y Congresistas, quienes son los únicos responsables de todo lo que ocurrió el 05 de junio en La Curva del Diablo y Kusu Grande - Estación Nº 06, que ya nuestros hermanos habían acordado retirarse, pero fueron atacados cobardemente.

  3. Lamentamos que se pretenda culpar al Vicariato San Francisco Javier en la persona del Obispo Santiago García de la Racilla como «agitadores» en los hechos del 5 de junio y nos solidarizamos con todos los sacerdotes y hermanas religiosas que al ver el trato que les daba a nuestros hermanos indígenas el gobierno, les auxiliaron caritativamente. Les expresamos nuestro DESAGRAVIO y nos SOLIDARIZAMOS con todos ellos.

  4. CESE a la persecución de nuestros líderes y actitudes racistas en contra de nuestros hermanos indígenas de la amazonia peruana.

  5. Cese la intromisión de las empresas Petroleras que continúan ingresando a nuestros territorios SIN CONSULTA previa, conforme a Ley: Como en el Lote 117 PetroBras que están en conflicto con las Federaciones Fikapir y Oispe del Putumayo, 121 de Perenco en conflicto con las Federaciones ORKIWAN y FECONCU y así se repite en las demás zonas de Loreto, como sabemos casi un 90% esta lotizado y concesionado por el gobierno.

  6. INDEMNIZACIÓN a los deudos de las víctimas del 05 de junio

  7. ATENCIÓN OPORTUNA y atención médica adecuada a los heridos que siguen agonizando en sus lechos de dolor

  8. Exigimos el retorno inmediato de nuestro presidente de AIDESEP Alberto Pizango Chota asilado en Nicaragua, acusado injustamente de propiciar los hechos ocurridos el pasado 05 de junio, solicitando se varíe su condición jurídica y este libre de toda presión, para poder afrontar todas las supuestas acusaciones por parte del gobierno de Alan García Pérez.

  9. Una vez más los pueblos amazónicos respaldamos al consejo directivo nacional de AIDESEP como LOS UNICOS voceros AUTORIZADOS, rechazando a cualquier intruso que pretenda irrogarse facultades representativas que no nacen del acuerdo de los pueblos indígenas.

Hermanos estamos en pie de lucha, hasta las últimas consecuencias.

Atentamente.

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Edwin Vásquez Campos
Presidente – ORPIO

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Manuel Ramírez Santana
Vice – Presidente – ORPIO
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Maritza Coquinche Noteno
Secretaria – ORPIO

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Adela Rodríguez Gayas

Tesorera – ORPIO

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Gabriel Paima Peña
Vocal - ORPIO

jueves, 10 de diciembre de 2009

VALIENTE FALLO DEL JUSGADO DE LORETO EN EL CASO ANDOAS

NO SOMOS LOS QUE TENEMOS QUE SOLUCIONAR LOS CONFLICTOS SOCIALES, ES EL GOBIERNO QUIEN DEBE SOLUCIONARLO, NOSOTROS ESTAMOS PARA IMPARTIR JUSTICCIA... PALABRAS DEL SR. DEL PIÉLAGO JUEZ DE LA CAUSA. DEL CASO ANDOAS
FALLO EN EL PROCESO DE LOS HERMANOS DEL CASO ANDOAS



POR ESTAS CONSIDERACIONES: Evaluando los hechos y pruebas con criterio de conciencia en aplicación del Artículo 283 y 321 del Código de Procedimientos Penales, este Colegiado no ha llegado a la convicción de la responsabilidad penal de los procesados por los delitos incriminados; e Impartiendo Justicia a nombre de la Nación; LA SEGUNDA SALA PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO: -------------------------------------------------------

PRIMERO: FALLA ABSOLVIENDO a ABIGAEL NISSER SILVANO TORRES o ABIGAEL NICER SILVANO TORRES, TEDY GUERRA INDAMA, ELDIBRANDO FREDY VILCHEZ SUAREZ o FREDYVILCHEZ SUAREZ, CLEVER GENRRY VILCHEZ o CLEVER GENRY VILCHEZ SÁNCHEZ, MIGUEL ZUÑIGA CARIAJANO, JOSÉ LUÍS ESCOBAR RUBIO, MARCO POLO RAMÍREZ ARAHUANAZA, MINER LANCHA INUMA, ADOLFO RIQUELMER TAPUY AHUANARI o ALFONSO RIQUELME TAPUY AHUANARI, CLEVER CRUZ GUARDIA, DANIEL DAHUA MAYNA o DANIEL DACHA MAYNA, JOHNN VEGA FLORES, AVELARDO MUCUSHUA TORRES, JOSÉ DENCE FACHIN RUIZ, MARLÍN ROBER CUBAS SALINAS, ROLANDO USHIHUA SHUPINGAHUA, FELIPE MURAYARI SAQUIRAY, EDVIN ALBERTO GUEVARA TORRES, ESPÍRITU EDGAR HUALINGA SANDY o ESPÍRITU EDGAR HUALINGA SANDY, RICHARD DAHUA ARAHUANAZA, VIDAL VALDIVIA SANDI, CARLOMAGNO HUALINGA DAHUA o CARLOS HUALINGA DAHUA y SAULO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, de la acusación fiscal por el DELITO DE DISTURBIOS, el cual se encuentra ubicado en el Capítulo I, delitos contra la paz pública, del Título XIV, delitos contra la tranquilidad pública, del Libro Segundo del Código Penal, artículo 315. --------------------------

SEGUNDO: ABSOLVIENDO a ABIGAEL NISSER SILVANO TORRES o ABIGAEL NICER SILVANO TORRES, TEDY GUERRA INDAMA, CLEVER GENRY VILCHEZ SÁNCHEZ o CLEVER GENRY VILCHEZ SÁNCHEZ, MINER LANCHA INUMA, ADOLFO RIQUELMER TAPUY AHUANARI o ALFONSO RIQUELME TAPUY AHUANARI, CLEVER CRUZ GUARDIA, DANIEL DAHUA MAYNA o DANIEL DACHA MAYNA, JOSÉ DENCE FACHÍN RUIZ, ESPÍRITUD EDGAR HUALINGA SANDY o ESPÍRITU EDGAR HUALINGA SANDY, RICHARD DAHUA ARAHUANAZA, CARLOMAGNO HUALINGA DAHUA o CARLOS HUALINGA DAHUA, ESTEBÁN RENGIFO SOPLÍN, SAULO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, MIGUEL ZUÑIGA CARIAJANO, AVELARDO MUCUSHUA TORRES, ROLANDO USHIHUA SHUPINGAHUA, FELIPE MURAYARI SAQUIRAY, EDVIN ALBERTO GUEVARA, JOSÉ LUIS ESCOBAR RUBIO, MARCO POLO RAMÍREZ ARAHUANAZA, JOHNN VEGA FLORES, MARLIN ROBER CUBAS SALINAS, y VIDAL VALDIVIA SANDI, por la comisión del DELITO DE VIOLENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, el cual se encuentra ubicado en el Capítulo I, delitos cometidos por particulares, del Título XVIII, delitos contra la administración pública, del Libro segundo del Código Penal, artículos 366 y 367 primer párrafo inciso 1 y segundo párrafo incisos 1, 2 y 3. ------------ ------------------------------------------------------------------------------
TERCERO: FALLA ABSOLVIENDO a TEDY GUERRA INDAMA, MIGUEL ZUÑIGA CRIAJANO, JOSÉ LUIS ESCOBAR RUBIO, MARCO POLO RAMÍREZ ARAHUANAZA, MINER LANCHA INUMA, ADOLFO RIQUELMER TAPUY AHUANARI o ALFONSO RIQUELME TAPUY AHUANARI, CLEVER CRUZ GUARDIA, DANIEL DAHUA MAYNA o DANIEL DACHA MAYNA, JOHNN VEGA FLORES, AVELARDO MUCUSHUA TORRES, JOSÉ DENCE FACHÍN RUIZ, MARLIN ROBER CUBAS SALINAS, ROLANDO USHIHUA SHUPINGAHUA, FELIPE MURAYARI SAQUIRAY, EDVIN ALBERTO GUEVARA TORRES, ESPÍRITUD EDGAR HUALINGA SANDY o ESPÍRITU EDGAR HUALINGA SANDY, RICHARD DAHUA ARAHUANAZA, VIDAL VALDIVIA SANDI, de la acusación fiscal por la comisión del DELITO DE ROBO AGRAVADO, el cual se ubica en el Capítulo II del Título V, delitos contra el patrimonio, del Libro Segundo del Código Penal, artículo 188 y 189 incisos 2, 3 y 4. ----

CUARTO: FALLA ABSOLVIENDO a CLEVER GENRRY VILCHEZ SÁNCHEZ o CLEVER GENRY VILCHEZ SÁNCHEZ, ADOLFO RIQUELMER TAPUY AHUANARI o ALFONSO RIQUELME TAPUY AHUANARI, ESPIRITUD EDGAR HUALINGA SANDY o ESPÍRITU EDGAR HUALINGA SANDY, DANIEL DAHUA MAYNA o DANIEL DACHA MAYNA, CLEVER CRUZ GUARDIA, MINER LANCHA INUMA, ULISES CHOTA DAHUA, y JOSÉ MARCIAL SÁNCHEZ DAHUA, y a SAULO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ de la acusación fiscal por la comisión del DELITO DE LESIONES GRAVES, el cual se encuentra ubicado en el Capítulo III del Título I, delitos contra la vida el cuerpo y la salud, del Libro Segundo del Código Penal, articulo 121 inciso 1 y último párrafo. ------------------------------------------------------------------------------

QUINTO: FALLA ABSOLVIENDO a CLEVER GENRRY VILCHEZ SÁNCHEZ de la acusación fiscal por la comisión del DELITO DE TENENCIA ILEGAL DE ARMAS, el cual se encuentra ubicado en el Capítulo I, delitos de peligro común, Título XII, delitos contra la seguridad pública, del Libro Segundo del Código Penal, artículo 279. -----------
SEXTO: FALLA ABSOLVIENDO a SAULO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ de la acusación fiscal por la comisión del DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, el cual se encuentra ubicado en el Capítulo I, homicidio, del Título I, delitos contra la vida el cuerpo y la salud, del Libro Segundo del Código Penal, artículos 106 y 108 inciso 5. --------------------------------------------------------------
SÉPTIMO: DISPUSIERON que una vez consentida y/o ejecutoriada que sea la presente sentencia, se archive definitivamente la causa, anulándose los antecedentes policiales y judiciales del absuelto, oficiándose con tal fin; DÉJESE copias de la sentencia en el legajo que corresponda, tomándose razón, con conocimiento del Juez de la causa, y se otorgue copias a los propios sentenciados. Dejaron constancia que la presente causa se ha tramitado de manera regular. Actuó como Director de debates el Señor DEL PIÉLAGO CÁRDENAS. --------------------------
S.S.
DEL PIÉLAGO CÁRDENAS
CARRIÓN RAMÍREZ
PELÁEZ QUIPUZCO
VER SENTENCIA COMPLETA EN:

lunes, 7 de diciembre de 2009

PRONUNCIAMIENTO DE FIKAPIR Y OISPE CONTRA LA EMPRESA PETROLERA PETROBRAS

Lunes 07 de noviembre siendo las 10 de la mañana se llevo a cabo la Conferencia de Prensa convocado por la Organización Regional de Pueblos Indígenas del Oriente – ORPIO, La Federación Indígena Kichwas del Alto Putumayo Inti Runa – FIKAPIR y la Organización Indígena Secoya del Perú –ORISPE. Para Denunciar a SERNANP, PERUPETRO Y PETROBRAS POR LA VIOLACIÓN DEL DERECHO A LA CONSULTA PREVIA DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, como esta establecido en el convenio 169 – OIT , en el lote Nº 117.
Los expositores fueron:
Edwin Vásquez Campo - ORPIO
Demesio Tangoa Guerra – FIKAPIR
Guido Sandoval Estrella – OISPE
INVITADOS:
Enrique Coquinche Coquinche – ORKIWAN
Aurelio Chino – FEDIQUEP
Alfonso López Tejada – ACODECOSPAT
Quienes expusieron el siguiente pronunciamiento:
PRONUNCIAMIENTO FIKAPIR y OISPE, NOVIEMBRE 2009

LA FEDERACION INDIGENA KICHWA DEL ALTO PUTUMAYO INTI RUNA- FIKAPIR, Y LA ORGANIZACIÓN INDIGENA SECOYA DEL PERU-OISPE, luego de un amplio debate en el séptimo congreso realizado en la CCNN. De Bellavista y el 5to Congreso en la CCNN. de Miraflores respectivamente, el mes de Noviembre del Año 2009 y con el respaldo unánime de las bases decidió dirigirse al Señor Presidente de la República, Ministerio de Energía y Minas, PeruPetro, la empresa Petrobras, Ministerio del Ambiente, a la Defensoría del Pueblo, a todos los medios de prensa escrita, radial y televisiva, y a la opinión pública en general para hacer de conocimiento los hechos siguientes y preocupantes:
  1. Exigimos de manera inmediata la categorización final de la Zona Reservada Güeppí en un parque nacional y 2 reservas comunales como fue acordado con nuestras comunidades en ACTA DE ASAMBLEA del 30 y 31 de Marzo del 2006 después de varios años de debate con INRENA. Por su parte exigimos al ministerio y sus órganos responsables de consolidar este acuerdo. No nos callaremos frente a la grave opinión que SERNANP (antes INRENA) emita en el Oficio N 368-2009-SERNANP-J de fecha 15 de setiembre del año 2009; en lo cual concluye QUE NO EXISTE UNA ACREDITACION FORMAL DEL PROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANA Y CONSULTA.

  2. De ninguna manera aceptaremos que SERNANP favorezca la opinión de PeruPetro sobre nuestras decisiones. PeruPetro opina en la respuesta al Oficia N 636-2009-EM/DGH de fecha 21 de Mayo del 2009 de manera clara QUE LA PROPUESTA DE CATEGORIZACION DE LA ZONA RESERVADA GÜEPPÍ DEBE SER RECONSIDERDADA POR PARTE DEL ESTADO CON EL OBJETIVO DE IMPONER UNA RESRVA NACIONAL, lo cual nunca aceptaremos.

  3. SERNANP parece favorecer intransigentemente la opinión de PeruPetro sobre la opinión de las Comunidades Nativas como se expresa en el acuerdo del 2006. PeruPetro en respuesta al Oficio N 636-2009-EH/DGH de fecha 21 de Mayo del 2009 opina que el proceso de categorización de la Zona Reservada Güeppí debe ser RECONSIDERADO POR PARTE DEL ESTADO PERUANO CON EL OBJETIVO DE IMPONER UNA RESERVA NACIONAL.

  4. Ante la evidente superposición de una concesión petrolera con la Zona Reservada Güeppí, SERNANP NO HA APLICADO Y NO APLICA EL PRINCIPIO PRECAUTORIO como está establecido en el articulo 115 numeral 4 del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas. Encima manifiesta mediante Oficio N 368-2009-SERNANP-J de fecha 15 de setiembre del 2009 QUE LA EXISTENCIA DE UNA CONCESION PETROLERA NO DEMUESTRA LA EXISTENCIA DE UNA AMENAZA REAL DE DAÑO GRAVE O MUY GRAVE QUE AMERITE LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO PRECAUTORIO.

  5. El contrato firmado entre el Estado Peruano y la Empresa Petrobras en el año 2006 sin consultar a nuestras comunidades VIOLA EL DERECHO A LA CONSULTA PREVIA DE LOS PUEBLOS INDIGENAS como está establecido en el Convenio 169-OIT y en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas de 2007, vigentes en el Peru.

  6. PeruPetro y Petrobras ATROPELLARON Y SIGUEN ATROPELLANDO nuestras opiniones y decisiones con actitudes inescrupulosas. Asimismo, impusieron su presencia el día 17 de noviembre a pesar de haber recibido el día 6 de noviembre nuestro Acuerdo bajo un documento formal, según lo cual la reunión se llevaría a cabo el día 29 de noviembre del 2009 en la Comunidad Nativa de Bellavista juntos con la Organización Indígena Secoyas del Peru- OISPE.

  7. Es importante mencionar que la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas en Informe N 075-2009-MEM-AAE/CGO de fecha 19 de agosto del 2009 concluye: que Petrobras no puede desarrollar ninguna actividad por falta de presentación de los términos de referencia, falta de un Estudio de Impacto Ambiental y la falta de un plan de Participación ciudadana.

Por todos estos hechos preocupantes exigimos de manera urgente de categorización final de la Zona Reservada de Güeppí en un Parque Nacional Güeppí, una Reserva Comunal HUIMEKI y una Reserva Comunal AIRO PAI como quedó establecido en el acuerdo del año 2006, mientras tanto EXIGIMOS QUE SE APLIQUE EL PRINCIPIO PRECAUTORIO Y QUE SE ANULE EL CONTRATO CON PETROBRAS.


PARA CONCLUIR: Exigimos una vez más que todas las Instituciones y autoridades cumplen con las leyes y respeten los derechos de nuestros pueblos Indígenas.

Miraflores, Rio Putumayo 23 de Noviembre 2009

jueves, 3 de diciembre de 2009

PRONUNCIAMIENTO CASO ANDOAS

En el VIII Congreso de la “Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica – COICA”, los hermanos indígenas procesados en el caso Andoas acompañado de su Abogado Dr. Javier Ruiz, expusieron su caso ante los representantes de los nueve países afiliados al COICA, quienes dieron su respaldo a su lucha y firmaron este pronunciamiento:





PRONUNCIAMIENTO CASO ANDOAS

Las Organizaciones Sociales abajo firmantes manifestamos a la opinión publica lo siguiente:

1. Nuestras Organizaciones indígenas AIDESEP Y CONACAMI han denunciado ante la OEA y las Naciones Unidas (NNUU), que con producto de la profundización del modelo neoliberal paralelamente se ha ido desarrollando la criminalización de la protesta, donde el Estado pretende resolver los conflictos sociales con el uso de la violencia punitiva, sin entender la naturaleza económica, social, cultural y política de la resistencia y la protesta de los pueblos indígenas.
2. El caso Andoas esta inmerso en esta problemática, donde el estado en vez de aceptar y promover un dialogo para atender las demandas de las comunidades que se encuentran dentro del lote petrolero 1AB, el Estado prefirió ejercer la violencia, quienes so pretexto de restablecer el orden publico cerraron todos los canales de dialogo para resolver el conflicto, demostrado una vez mas su histórico desprecio por los pueblos indígenas.
3. La opinión publica debe recordar que las actividades petroleras de la OXI y hoy al Pluspetrol han causado en la zona la mayor tragedia ambiental, el Estado no quiere saber cual es el nivel de contaminación de la Cuenca del rio Pastaza y Tigre, no quiere saber cual es el grado de contaminación en la salud de los habitantes de la zona. No existe ninguna política de compensación o remediación a favor de ellos. Por ultimo, no hay a la fecha un mecanismo de dialogo a través del que se pueda resolver sus demandas.

4. La movilización del 20 al 22 de Marzo del 2008 en el aeródromo dela base pluspetrol exigiendo dialogo a la empresa y al estado para resolver problemas integrales de la zona no puede ser visto como un delito; presentarlo como tal, vulnera los derechos constitucionales de los pueblos indígenas, es una muestra de intolerancia y de falta de apertura democrática, denegar el carácter social de la protesta indígena. En tal sentido expresamos:
a) Nuestras mas amplia solidaridad y reconocimiento a los procesados del caso Andoas quienes con dignidad y valentía han afrontado este proceso penal en muy precarias condiciones humanitarias, quienes cumpliendo el mandato de su conciencia y su convicción de ser inocentes han permanecido alejados de sus familias en la ciudad de Iquitos, con el único finque en este proceso se establezca la verdad sobre las causas que originaron la protesta. B) demandamos en el marco del debido proceso y juicio justo se resuelva con al mayor prontitud y sin mayores dilaciones a fin de que puedan retornar los procesados a reencontrarse con sus familias en sus comunidades. C) consideramos que este caso debe ser evaluado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos para fijarse las reglas claras para juzgamiento de pueblos Indígenas, los juzgamiento alejados de sus zonas y permaneciendo muchos meses, el caso del rio Tigre con mas de 25 procesados dura 10 meses el caso Bagua, el juzgamiento con mas de 100 procesados dura dos años etc. Este procedimiento es inaceptable en un Estado Democrático de Derecho, por que no respeta la especificad social democrática de los pueblos Indígenas sometidos a proceso penal. Debe promoverse mecanismos que están en la ley, la persona humana es el fin supremo del Estado.

5. Hoy a ocho mese de juzgamiento y teniendo en cuenta lo informado por los medio de comunicación, los dirigentes de los procesados estamos en conducciones de afirmar desde las organizaciones sociales que no hay responsabilidad penal en ninguno de ellos

miércoles, 25 de noviembre de 2009

CONGRESO ORDINARIO DE LA COORDINADORA DE LAS ORGANIZACIONES INDIGENAS DE LA CUENCA AMAZONICA “COICA”.

Teniendo como sede el local del Formabiap de Zungarococha, se llevo a cabo el VIII Congreso de la COICA, del 20 al 23 de noviembre, en la que participaron las delegaciones de BOLIVIA (CIDOB), BRASIL (COIAB), COLOMBIA (OPIAC), ECUADOR (CONFENIAE), GUYANA FRANCESA (FOAG), GUYANA (APA), PERÚ (AIDESEP), SURINAM (OIS), VENEZUELA (ORPIA).

Se desarrollo la siguiente agenda:

1. Informe de gestión ACOICA 2005 – 2009 a cargo del Coordinador General Egberto Tabo de nacionalidad Boliviana

2. Informe de las actividades de cada organización Nacional.

3. De acuerdo a las problemáticas de las organizaciones coinciden en ciertos temas, en los que tienen que fortalecerse y son los siguientes:

  • Alianza y cooperación
  • Fortalecimiento organizativo y sustentabilidad económica
  • Estatutos y sistemas jurídicos propios
  • Territorialidad y RR. NN.
  • Educación y salud
  • Sustentabilidad de la Vida

Conclusiones:

  • La COICA debe implementar una política organizativa regional de la Cuenca Amazónica sobre la autonomía territorial, económica, administrativa financiera, salud, educativa, social como proceso de la independencia del paternalismo del sistema global.
  • Se crean dos nuevos espacios en la COICA denominados: 1. Coordinador de la Área de Cooperación Internacional Económica y Desarrollo Autónomo con Identidad. 2. Coordinadora de Área de La Mujer y la Familia.
  • El consejo directivo debe trabajar en el marco del cumplimiento del estatuto de la COICA, y visitará activamente a las organizaciones nacionales de los nueve países.
  • La COICA pronuncie en temas de defensa de los Derechos de los pueblos indígenas.
  • Las Alianzas

4. Elección del nuevo Consejo Directivo del COICA 2010 – 2013

ELECTO CONSEJO DIRECTIVO DE LA “COICA” 2010 – 2013

Coordinador General

Edwin Vásquez Campos - AIDESEP - PERU

Vice - coordinador(a) General

Nicolás Betis Gómez - ORPIA -VENEZUELA

Coordinador Área de Territorio, Medio Ambiente y RR. NN

Diego Escobar - OPIAC - COLOMBIA

Coordinador Área Cooperación Internacional Económica y Desarrollo Autónomo con Identidad

Juan Carlos Jintiach - CONFENIAE - ECUADOR

Coordinador Área de Derechos Humanos, Políticos y Sociales.

Josien, Aloema Tokoe - OIS - SURINAM

Coordinador Área Educación, Salud, Ciencia, Cultura y Comunicación.

Charles Jean-Auberic - FOAG - GUYANA FRANCESA

Coordinadora Área Mujer y Familia

Norma Thomas - APA - GUYANA INGLESA








Edwin Vásquez Campos del Pueblo Huitoto, Presidente de ORPIO, Coordinador General de la COICA 2010, 20213





CONSEJO DISCIPLINARIO

Tony Rodney, James - APA - GUYANA INGLESA

Jorge Furagaro - OPIAC - COLOMBIA

Blanca Grefa - CONFENIAE - ECUADOR

Emilio Valenzuela - ORPIA - VENEZUELA

David Carlos Lewis - OIS - SURINAM

Saúl Puertas - AIDESEP - PERU

Therese Jocelyn Roger - FOAG - Guyana Francesa

jueves, 19 de noviembre de 2009

ANTROPÓLOGO PRESENTÓ INFORME PERICIAL EN CASO ANDOAS

- Jürg Gashe dice que notó rabia y venganza en los nativos debido a la presencia de la policía en lote 1AB

El antropólogo, Jürg Gashe Suess, presentó su informe pericial ante la Segunda Sala Penal llegando a la conclusión de que los nativos de Andoas tenían todo el derecho a protestar debido a la contaminación ambiental que perjudicaba su calidad de vida y a la política racista del Estado.

El perito señaló que se debe comprender la realidad vivencial de los indígenas, ya que ellos han vivido durante más de cuarenta años soportando atentados contra la ecología y una serie de injusticias por parte de la empresa Pluspetrol que opera en el lote 1AB.
Gashe Suess dijo ante el Colegiado que los nativos debieron protestar hace tiempo ya que inclusive tuvieron que pasar al Ecuador para poder pescar peces de calidad. El antropólogo aclaró que "ellos no hacen caso a líderes mandones, hacer presión para negociar no es un acto de violencia".


Asimismo, el trabajador del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana sostuvo que el gobierno es racista porque cuando ocurren delitos ambientales en las ciudades ellos son los primeros en salir al frente, pero cuando se trata de los indígenas no hacen nada y criminalizan la protesta.

"Las leyes peruanas asocian la protesta con el terrorismo. Los Achuar y los Kichwas tienen costumbres diferentes, pero cuando ven a un enemigo común se unen para defender sus derechos", explicó el perito.
Con respecto a los hechos violentos ocurridos el 22 de marzo del año pasado, donde falleció el policía Jaime Reyna, el Suees afirmó que "los protestantes no se dieron cuenta hasta donde podía llegar la violencia, había mucha rabia y venganza. Pienso que la policía no debió hacerse presente en Andoas".
Suees dialogó con 12 de los procesados en el caso Andoas y pudo recoger diversas opiniones. El antropólogo aseguró que ellos actúan bajo las experiencias que han vivido y no necesariamente se dejan influenciar por alguien que viene de fuera.

"En las comunidades hay dos autoridades: el apu y el teniente gobernador. Los apus no son ningunos mandones, sólo es una autoridad tradicional que se respeta. El teniente gobernador es el representante del Estado, es el nexo con el gobierno".
El investigador también mencionó que los nativos no saben mucho de leyes, pero sí conocen hasta cierto punto sobre el Convenio 169 de la OIT, que vela por los derechos humanos y el respeto de sus territorios.
El presidente de la Segunda Sala Penal, Dr. Carlos Del Piélago, indicó que la próxima audiencia será el lunes 23 de noviembre y antes de fin de mes se estaría dictando la sentencia del caso. Así lo corroboro el Dr. Javier Ruiz Abogado de Orpio defensor de los Hermanos del caso andoas.


FUENTE DIARIO LA REGIÓN

viernes, 13 de noviembre de 2009

VIDEO SOBRE REGISTRO DEL ESTADO CIVIL

Video del trabajo que realiza UNICEF Y ORPIO sobre los registros del estado civil de las comunidades indígenas, en este caso se tomo como ejemplo la comunidad de Santa María en el río curaray, distrito del Napo, región Loreto, comunidad Kichwa hablante.



Protección y Defensa de los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario y Contacto Inicial - PIAV

Ante La presencia de agentes externo (madereros ilegales, extractores de oro, pesca ilegal) que infieren negativamente en el habitad de nuestros hermanos indígenas en aislamiento voluntario, ORPIO, después de realizar los talleres de sensibilización en las zonas de amortiguamiento a la propuesta de la reserva Napo – Tigre, y mientras sigue la batalla legal contra la PERENCO, REPSOL hasta el mismo GOBIERNO. ORPIO vio la necesidad de crear COMITES DE VIGILANCIA COMUNALES en estas zonas de amortiguamiento aledañas a la propuesta de reserva, cuya misión será el control y vigilancia de la zona propuestas Reservas Territoriales en coordinación con las federaciones FECONAMNCUA, FECONAT y FECONCU.

MAPA DE LAS ZONAS DE VIGILANCIA COMUNAL

En este caso se trabajan con 4 comunidades indígenas escogidas estratégicamente por su ubicación que se encargaran de vigilar las 4 cuencas que tienen acceso a la zona propuesta de reserva territorial napo tigre como son:


  1. Campo serio, pueblo Kichwas en el alto napo con acceso a la zona propuesta de la reserva napo – tigre por la quebrada AUSHIRI
  2. Flor de coco, pueblo Arabela en el rio Arabela la última comunidad antes de acceder a la zona propuesta de reserva napo - tigre.
  3. Comunidad nativa Bolívar, pueblo Kichwas en el río curaray
  4. Comunidad nativa 28 de Julio, pueblo ACHUAR en el río tigre.

Cada una de estas comunidades se encargaran de vigilar su zona y uno de los 4 sectores de la propuesta reserva territorial Napo – Tigre, con datos exactos como coordenadas, fotos, para que la parte legal de ORPIO, haga su respectiva denuncia ante INRENA, POLICIA ECOLÓGICA para su respectiva intervención y sanción a los infractores, quedando claro que las comunidades no pueden intervenir a los Ilegales solo informar de su presencia.

Para ello ORPIO con el apoyo DE RAINFOREST FUNDATION NORWAY, implemento a las comunidades con el siguiente equipamiento: un GPS, cámara digital fotográfica, radio comunicación, Peke Peke y combustible, así mismo se capacito en el manejo de estos equipos para su buen uso. En el caso de campo serio a parte de esta implementación se adiciono materiales para la construcción de Piscigranja por que el río napo ya no les abastece lo suficiente para alimentar a su comunidad, en el caso del curaray y Arabela todavía sus ríos abastecen a sus comunidades lo necesario para su alimentación. Todo esto se realizo del 02 al 12 de noviembre del 2009



COMBUSTIBLE PARA SUS RECORRIDOS

EQUIPAMIENTO

PISCIGRANJA EN CAMPO SERIO

Las comunidades serán registradas para que sean reconocidos legalmente, así poder coordinar acciones de trabajo con las autoridades regionales, locales e instituciones relacionadas al tema de defensa y protección de nuestros bosques y las comunidades indígenas. Viabilizando proyectos para el desarrollo de estas comunidades que son los eternos guardianes de nuestros bosques y de todo lo que allí existe.

jueves, 12 de noviembre de 2009

DEFENSORIA DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EN COMUNIDADES NATIVAS- DNA

La Defensoría del Niño y del Adolescente (DNA), se encarga de PROMOVER, DEFENDER Y VIGILAR, que se cumplan los derechos que la ley reconoce a los niños, niñas y adolescentes.

ORPIO, en convenio con UNICEF, promovieron la creación de Defensorías del Niño y del Adolescente en 25 comunidades y estas DNA promuevan, defiendan y vigilen los derechos de los hijos de nuestros hermanos indígenas en sus respectivas comunidades. Las Federaciones afiliadas a ORPIO las cuales son:


EPYROA : COMANDANCIA, SABALILLO
FECONA: BRILLO NUEVO, PUCA URQUILLO
FECOTYBA: BELLAVISTA DE CALLARU, SAN JOSÉ DE YANAYACU, CUSHILLO COCHA, EL SOL
FECONAT: 28 DE JULIO, 12 DE OCUTBRE
ORKIWAN: TEMPESTAD, ANGOTEROS
FECONANMCUA: SANTA MARIA, PUCA BARRANCA
FIKAPYR: NUEVA ESPERANZA
OISPE: BELLVISTA, YABUYANOS
FECONAFROPU: SAN MARTIN, PRIMAVERA, SANTA MERCEDES, OCHO DICIEMBRE, REMANZO
FECONACO: NUEVA VALENCIA, PROVIDENCIA


CAPACITACIÓN A LOS DEFENSORES, PROMOTORES Y PERSONAL DE APOYO DE LAS DNA.
Se realizaron 9 capacitaciones con 40 participantes en c/u de los talleres realizados en los siguientes temas:
  • Servicios y funciones de la defensoría
  • Leyes, códigos y convenciones del niño y adolescente
  • Procedimientos de atención de caso
  • Desarrollo de atención de casos (Alimentos, Filiación, tenencia, régimen de visitas, maltrato infantil, entre otros temas relacionado.
ACONDICIONAMIENTO DE LAS DNA

Gasolina, aceite quemado, clavos, pizarra, pintura, triplay, etc.

IMPLEMENTACIÓN DE LAS DNA

Material de oficina: papel bond, lapicero, lápices, perforadores, engrapador, grapas, gomas, fichas, afiches. Letreros. Maquinas de escribir, etc.

MONITOREO

Se visito las comunidades para reforzar el trabajo de los Defensores, Promotores y Personal de Apoyo y afianzar más sus conocimientos en la Promoción, Defensa y Vigilancia de los derechos de los Niños y Adolescentes, en la realización de sesiones de capacitación, y reuniones comunales.






miércoles, 11 de noviembre de 2009

REGISTRO DEL ESTADO CIVIL EN COMUNIDADES INDÍGENAS

Son los órganos encargados del registro de nacimiento, matrimonio y defunción. A través de la oficina de registro del estado civil, los peruanos requerimos que el Estado reconozca nuestro derecho, entre ellos el derecho a tener una identidad (un nombre).

Los hermanos de las comunidades de nuestra amazonia, podrán registrar el nacimiento de sus hijos, contraer matrimonios civiles y registrar la muerte de sus familiares, sin tener que viajar días o semanas a la capital del distrito para recién poder registrar, lo que ocasionaba que muchos de ellos ya mayores no tingan su partida de nacimiento y si lograban registrarse no respetaban su condición de indígena.

ORPIO en convenio con UNICEF Y LA RENIEC, ha implementando y capacitado 30 registradores comunales y activado 14 (oficinas que no funcionaban por múltiples razones) en estrecha relación con sus federaciones para así ejercer el derecho como todo peruano a tener una identidad sin tener que salir de su comunidad.

FIKAPIR : ESPERANZA, YABUYANOS.
FECONAFROPU: SANTA MERCEDES, OCHO DE DICIEMBRE, REMANZO, SAN MARTIN, PRIMAVERA.
ORKIWAN: TEMPESTAD, MONTERRICO, CAMPO SERIO, PUERTO ELVIRA.
FECONAMNCUA.: SANTA MARIA, PUCABARRANCA.
FEPIROA: URCO MIRAÑO, LAS PALMERAS, COMANDANCIA, YANAYACU, SABALILLO.
FECONA : BRILLO NUEVO, PUCA URQUILLO, NUEVO JESUS DE PRAGA.
FECOTYBA: CUSHILLO COCHA, EL SOL, SAN JOSÉ DE YANAYACU, BELLAVISTA DE CALLARU.
FECONAT: PAICHE PLAYA, DOCE DE OCTUBRE, 28 DE JULIO.
FECONACO : PROVIDENCIA, NUEVA VALENCIA

ACTIVADAS
SAN MARTIN DE TIPISHCA, NUEVO ARICA, LEONCIO PRADO,, SAN MIGUEL, SANTA CLARA, MUNDIAL, SHAPAJILLO, ATENAS, PARINARI, NUEVA FORTUNA, BOLIVAR, NUEVO SAN JUAN.


CAPACITACIÓN DEL REGITRADOR COMUNAL
Se realizaron 8 talleres descentralizadas con un representante de cada comunidad, en los siguientes temas:
  • MANEJO DE EXPEDIENTE DE NACIMIENTO
  • RECTIFICACION DE ACTAS
  • INFORMES DE HECHOS VITALES
  • EXPEDICIÓN Y CERTIFIACIÓN DE ACTAS DE ACIMIENTOS, DEFUNCIÓN Y MATRIMONIO


ACONDICIONAMIENTO DE LOCALES REGISTRALES.
Las 30 oficinas registrales se les acondiciono con: Gasolina, pintura, clavos, pizarra, letreros.

IMPLEMENTACION DE LOS LOCALES REGISTRALES.
Copias, de formatos, módulos de enseñanza en temas registrales, libros de actas de nacimiento, matrimonio y defunción, lapiceros, engrapadores, perforadores, folders, grapas, tampones, sellos, huelleros, tinta para tampón, papel bond.


MONITOREO
Se visito las comunidades para reforzar el trabajo de los registradores y afianzar más sus conocimientos en el tema registral.

TRAMITES DOCUMENTARIOS
Se apoya en la gestión de los documentos remitidos ante la Reniec de las comunidades.