jueves, 11 de noviembre de 2010

PRONUNCIAMIENTO POR LOS 14 LOTES ADJUDICADOS

PRONUNCIAMIENTO

La Organización de Pueblos Indígenas del Oriente - ORPIO, Denuncia, como una vez mas este Gobierno Aprista irrespeta nuestras Instituciones y Nuestras Leyes al hacer caso omiso la Sentencia del Tribunal Constitucional Nº 0022-2009-PI/TC y en la Sentencia Nº 05427 – 2009 – PC/TC, en la que indica que el Ministerio de Energía y Minas dentro de su marco de competencia emita una reglamentación sobre el derecho a la consulta, de conformidad con los principios establecidos en el Convenio 169 de la OIT.

El Ministerio de Energía y Minas, por medio de Perupetro, Licito 25 Lotes Petroleros ubicados en las cuencas del Marañón, Ucayali, Santiago, Sechura, Huallaga, de los cuales 14 lograron ser adjudicados este 14 de octubre, celebrándolo como un record histórico.

Nuestras Organizaciones Indígenas respetuosas del Estado de Derecho, promueven el dialogo con las Instituciones del Estado, como lo hiciera los hermanos Matses; Huitoto, Secoyas y Kichwas del Putumayo; Kichwas del Alto Napo; Kichwas y Arabelas del Curaray y Arabela; Los hermanos Kukamas del Marañón. Quienes vinieron hasta la ciudad de Iquitos, desde sus comunidades con sus escasos recursos, caminando 2 días para salir al amazonas como fue el caso de los Matses, solo para indicar que no quieren a las empresas petroleras en sus tierras.

Como Organización indígena cumplimos con lo que la ley nos exige, somos respetuosos de nuestras instituciones, pero no permitiremos mas atropellos a nuestros derechos, ya la Defensoría del Pueblo se Pronuncia instando al gobierno a aprobar la ley de consulta y que no se debe aprobar ninguna ley mientras la Ley de Consulta no se haya aprobado.

Los conflictos sociales como el Baguazo, no son reacción antojadiza de un grupo de barbaros, sino una respuesta a la impotencia de no ser escuchado por este gobierno que solo le importa el color verde del dólar que podrá sacar de cada Lote Petrolero, por eso los petroaudios hasta la fecha no hay un responsable, Por eso el Derrame del marañón el fiscal, el gobierno regional, la plusPetrol y MEM, buscan culpar a los dirigentes de las federaciones y al IIAP por denunciar la contaminación del marañón, ¡Ya basta de tanto Atropello a los derechos de nuestros hermanos indígenas!.

El movimiento indígena esta firme en la defensa de nuestras tierras, el derecho a vivir sanamente sin contaminación, ya no comeremos ni beberemos petróleo.
Atentamente.
CONCEJO DIRECTIVOORPIO

miércoles, 10 de noviembre de 2010

SISTEMATIZACIÓN INFORMACIÓN DERRAME EN EL MARAÑÓN

Fechas claves ordenadas cronológicamente

INFORMES Y ACUERDO



19 de junio: Derrame en el Marañon


22 de junio: Primer Informe del IIAP
N1: Primer informe del IIAP


23 hasta 25 de junio: Viaje de la Defensoria del Pueblo a la zona
N2: Informe de la Defensoria del Pueblo sobre viaje a la zona

23 de junio: Acta de compromiso firmado por la empresa Pluspetrol en la comunidad de Santa Rita, distrito Parinari, de abastecer las 29 comunidades reunidas perteneciendo a la Asociacion Indigena de Desarrollo y Conservacion de Samiria – AIDECOS con agua, alimentos y medicinas a hasta que un órgano especializado declara apto por consumo humano N3: Acta de compromiso del distrito de Parinari del dia 23 de junio 2010


24 de junio: Informe Tecnico de OSYNGERMIN
N 4.: Informe de Osyngermin basado en reporte de investigaciones de dos técnicos en la zona


28 de junio: Informes médicos hechos por los representantes indígenas
N5: Informe situación diferentes comunidades
N6: Informe situación medica en Santa Rita


2 de julio: Reunion en Iquitos entre comuneros del distrito de Parinari y la empresa Pluspetrol en presencia de la Defensoria del Pueblo, donde los comuneros reclamaban que la empresa no estaba cumpliendo con lo acordado
N7 : Informe de la Defensoria del Pueblo


4 de julio: Acta de asamblea de la reunión de los comuneros del distrito de Parinari con la empresa Pluspetrol con el objetivo que la empresa cumpla con lo acordado en el acta de compromiso del dia 23 de junio
N8: acta del dia 4 de julio de la Comision de Dialogo del distrito de Parinari


15 de julio: Reunion en el distrito de Parinari exigiendo una nueva reunión con la empresa Pluspetrol
N9.: Acta de asamblea del dia 15 de julio Comision de Dialogo del distrito de Parinari

17 de julio: Primera reunion entre la empresa Pluspetrol representantes de los pueblos indígenas afectados de los distritos Urarinas y Nauta perteneciendo a ACODECOSPAT



21 de julio: Acuerdo entre 29 comunidades del distrito de Parinari y la empresa Pluspetrol
N10: Acuerdo entre las comunidades de Parinari representado por la Comision de Dialogo del distrito de Parinari y la empresa Pluspetrol


22 de julio: Primer informe de la DIGESA que contradice los resultados del IIAP
N11: Primer informe de la DIGESA


27 de julio: Acuerdo entre la empresa Pluspetrol y los representantes de los pueblos indígenas afectados de los distritos Urarinas y Nauta y ACODECOAPAT

N12: Acta de la reunión entre los representantes de los pueblos indígenas afectados de los distritos Urarinas y Nauta y la empresa Pluspetrol


27 de agosto: Segundo informe de la DIGESA diciendo que los niveles de contaminación han regresado a su normalidad _no dice que sea el agua sea apto por consumo humano

N13: Segundo informe de la DIGESA


7 de setiembre: Nuevo acuerdo entre la empresa Pluspetrol y los representantes de los pueblos indígenas afectados de los distritos Urarinas y Nauta y ACODECOAPAT y la empresa Pluspetrol: abastecimiento de agua y alimentos solo hasta el dia 10 de setiembre , decisión basada en el informe de la DIGESA

N14 Acuerdo


20 de setiembre: Informe de la empresa Pluspetrol a INDEPA sobre la situación en el Marañon
N15. : Informe de Pluspetrol a INDEPA

22 de setiembre: Conferencia de prensa en Iquitos donde los pueblos exigen análisis de nuevas muestras , el rio sigue siendo contaminado

10 de octubre: Segundo informe del IIAP
N16: Segundo informe del IIAP


DENUNCIAS


Congresista Victor Isla
1 ero de julio


Municipio Parinari
22 de julio


24 de agosto: Resolucion de la Capitania

PRIMERO PARTE

SEGUNDA PARTE